Categorías
Oposiciones Guardia Civil - Administrativo

Los esprays de defensa personal

LOS ESPRAYS DE DEFENSA PERSONAL

En contra de la creencia popular, no todos los sprays de defensa personal son ilegales, hay una serie de ellos que son de libre adquisición por parte de los ciudadanos, el único requisito es haber cumplido 18 años.

Lo primero que debemos saber que a efectos de la legislación vigente considera «spray» de defensa personal al conjunto constituido por un recipiente no reutilizable que contenga un gas comprimido, licuado o disuelto a presión, y provisto de un dispositivo que permita la salida del contenido en forma de aerosol destinado a su uso en defensa personal.

Su venta está permitida en armerías a aquellas personas que han cumplidos los 18 años y puede ser llevado en lugares públicos y también para utilizarlo en caso de que su seguridad se vea vulnerada por otra persona.

Los efectos de un spray de pimienta más comunes pueden provocar en las personas es una sensación de extrema quemadura en los ojos, lagrimas abundante, cierre involuntario de los ojos, irritación de las mucosas nasales, tos y opresión en el pecho. Sus efectos pueden durar unos 20 minutos, tiempo durante el cual el supuesto agresor queda incapacitado para ejercer ninguna acción controlada.

En España hay una serie de sprays que tienen la autorización del Ministerio de Sanidad y el informe previo favorable de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos y que por lo tanto es legal su compra, estos son:

De interés para la oposición: Tema 22 Armas y Explosivos.

Artículo 5. Apartado i)

  1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:
  2. Los “sprays” de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancias estupefacientes, tóxicas o corrosivas.

De lo dispuesto en este apartado se exceptúan los sprays de defensa personal que, en virtud de la correspondiente aprobación del Ministerio de Sanidad, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, se consideren permitidos, en cuyo caso podrán venderse en las armerías a personas que acrediten su mayoría de edad mediante la presentación del documento nacional de identidad, pasaporte u otros documentos que acrediten su identidad.

¿Sabrías contestar a estas tres preguntas sobre “sprays”?

  1. ¿Son todos los sprays ilegales?
  2. ¿Con qué edad puedes comprar un sprays legalizado?
  3. ¿Quién debe informar al Ministerio de Sanidad para que un spray sea legal?

Si te interesa conocer la respuesta, indícanoslo en un comentario

 

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: El contenido de esta web está protegido.