Creación de la Orden del Mérito de la Guardia Civil
La Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, creó dicha recompensa para premiar las acciones o conductas de extraordinario relieve, que redunden en prestigio del Cuerpo e interés de la Patria, un año después el 1 de febrero de 1977 se realizó el Reglamento de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por la Orden del Ministro de la Gobernación de 1 de febrero de 1977.
Recientemente, la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, ha modificado la Ley 19/1976, de 29 de mayo, cambiando la denominación de la citada recompensa e introduciendo la categoría de la Gran Cruz.
La última regulación de la Orden del Mérito de la Guardia Civil data del 21 de septiembre de 2012 y es la Orden INT/2008/2012, en la misma se recoge:
Artículo 1: Objeto.
Esta Orden tiene por objeto regular las formas, los requisitos y el procedimiento de concesión de la Orden del Mérito de la Guardia Civil de acuerdo con sus diferentes categorías, la imposición, el registro, los derechos y beneficios, así como la descripción de condecoraciones y distintivos.
Artículo 2. Finalidad.
La Orden del Mérito de la Guardia Civil tiene por finalidad premiar las acciones o conductas de extraordinario relieve que redunden en el prestigio del Cuerpo de la Guardia Civil e interés de la Patria. Esta recompensa, de carácter civil, podrá ser concedida a los miembros de dicho Cuerpo y a cualquier otra persona o entidad que sea acreedor de ello.
Artículo 3. Categorías.
La Orden del Mérito de la Guardia Civil comprende las siguientes categorías:
- Gran Cruz.
- Cruz de Oro.
- Cruz de Plata.
- Cruz con distintivo rojo.
- Cruz con distintivo blanco.
CATEGORÍAS DE LA ORDEN DEL MÉRITO DE LA GUARDIA CIVIL
Gran Cruz
La Gran Cruz será concedida a oficiales generales, personal civil, unidades, entidades y patronazgos, para lo que se tendrá en cuenta el rango institucional, administrativo, académico o profesional de la persona, unidad o entidad recompensada, en atención a los sobresalientes méritos y circunstancias que concurran en ellos relacionados con el Cuerpo de la Guardia Civil o la seguridad pública.
La concesión de la Cruz del Mérito de la Guardia Civil en su categoría de Gran Cruz lo será por real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro del Interior, y oído el Ministro de Defensa cuando se trate de miembros de la Guardia Civil. Las concesiones de la Gran Cruz se publicarán, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».

Cruz de Oro
Para la concesión de la Cruz de Oro será necesario que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Resultar muerto o con lesiones que provoquen la inutilidad permanente para el servicio, como consecuencia de la intervención relativa a un servicio donde se evidencie un excepcional valor personal.
- Ejecutar o dirigir de forma directa e inmediata con riesgo inminente de la propia vida un servicio o hecho de tan trascendental importancia que redunde en prestigio del Cuerpo e interés de la Patria y que por las extraordinarias cualidades puestas de manifiesto implique un mérito de carácter excepcional.
El Ministro del Interior otorgará la concesión de la Cruz de Oro, previa conformidad del Ministro de Defensa cuando se trate de miembros de la Guardia Civil.
Las concesiones se publicarán en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil». La Cruz de Oro supone cobrar una pensión del 20% del sueldo.

Cruz de Plata
Para la concesión de la Cruz de Plata se deberán realizar hechos, que, sin reunir la condición de riesgo personal exigida para la Cruz de Oro, supongan una relevante colaboración con la Guardia Civil o revistan, por su naturaleza, un carácter o mérito tan relevante que requieran el alto reconocimiento y esta especial distinción.
El Ministro del Interior otorgará la concesión de la Cruz de Plata, previa conformidad del Ministro de Defensa cuando se trate de miembros de la Guardia Civil. Las concesiones se publicarán en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».

Cruz con distintivo rojo
Para la concesión de la Cruz con distintivo rojo será necesario que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
En el transcurso de un servicio de manifiesta importancia que comprenda un ineludible riesgo de perder la vida, ejecutar para su cumplimiento acciones claramente demostrativas de extraordinario valor personal, iniciativa y serenidad ante el peligro.
El Ministro del Interior otorgará la concesión de la Cruz con Distintivo Rojo, previa conformidad del Ministro de Defensa cuando se trate de miembros de la Guardia Civil.
Las concesiones se publicarán en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil». La Cruz con distintivo rojo supone cobrar una pensión del 15% del sueldo.

Cruz con distintivo blanco
Para la concesión de la Cruz con distintivo blanco se deberá haber llevado a cabo alguna de las siguientes acciones:
Ejecutar, dirigir o colaborar directamente en el éxito de un servicio en el que por su extraordinaria dificultad e importancia se hayan evidenciado relevantes cualidades profesionales o cívicas.
Sobresalir con perseverancia y notoriedad en el cumplimiento de los deberes de su empleo o cargo, de forma que constituya una conducta ejemplar digna que se resalte como mérito extraordinario.
Realizar estudios profesionales o científicos, u otros hechos o trabajos sobresalientes, que supongan notable prestigio para el Cuerpo, o utilidad para el servicio oficialmente reconocido.
El Ministro del Interior otorgará la concesión de la Cruz con Distintivo Blanco, previa conformidad del Ministro de Defensa cuando se trate de miembros de la Guardia Civil. Las concesiones se publicarán en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».

Derechos y beneficios de las Cruces en la Guardia Civil
Los derechos de las cruces de la Guardia Civil podrían enumerarse en los siguientes:
- La posesión de estas cruces dará derecho a poder ostentarlas sobre el uniforme o en el traje civil. Los poseedores de más de una de estas condecoraciones en sus categorías de cruces con distintivo rojo y blanco sólo podrán lucir una de la misma clase, debiendo colocar, por cada una de las concedidas posteriormente, un pasador sobre la cinta, de metal igual al de la cruz, con las fechas de las sucesivas concesiones. En dichos casos, el número máximo de pasadores sobre la cinta será de cinco en cada cruz, pudiendo portar las cintas que resulten necesarias para lucir la totalidad de condecoraciones. En relación al uso de las condecoraciones en miniatura y pasadores, se portarán tantas como se posean.
- No obstante lo anteriormente expuesto, podrá acordarse mediante Orden del Ministro del Interior la prohibición de uso de las condecoraciones concedidas cuando razones de conducta así lo aconsejen. A tal efecto, se instruirá por la Dirección General de la Guardia Civil el oportuno expediente, mediante el cual, contando con idénticas garantías que el ya anteriormente descrito, se formulará la correspondiente propuesta en tal sentido.
- Los recompensados con la Gran Cruz tendrán derecho al tratamiento de excelencia.
- Las unidades, instituciones o entidades que tengan reconocido el uso de banderas, estandartes o enseñas particulares podrán lucir en éstas la corbata que acredite la concesión de la Gran Cruz, la Cruz de Oro o la Cruz de Plata. La ostentación de la corbata será repetible cuando se hubiera concedido más de una de ellas.
Por otro lado, se destaca como beneficios que los poseedores de las Cruces de Oro y con distintivo rojo gozarán de las pensiones en los términos regulados en la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito de la Guardia Civil. Cuando se conceda este tipo de categorías de Cruz de la Orden a unidades o entidades, no llevarán aneja pensión alguna.
Ejemplo de concesión de la Cruz de Oro del Mérito de la Guardia Civil
El 30 de diciembre de 1982 fue liberado por la Guardia Civil el empresario Saturnino Orbegozo Izaguirre tras permanecer 46 días secuestrado por ETA en una cabaña utilizada antiguamente para guardar el ganado lanar, popularmente conocida como borda. Este enclave distaba unos 500 metros de las casas del barrio de Arce de la localidad navarra de Donamaría.
Orbegozo Izaguirre fue secuestrado por dos jóvenes el domingo 14 de noviembre de 1982, cuando salía de misa en la localidad guipuzcoana de Zumarraga. A través de un comunicado aparecido en diversos medios informativos, ETA político militar (ETA-pm) reivindicó la autoría del rapto y anunció su intención de ejecutar al industrial si la familia no cumplía las exigencias económicas pretendidas.
Una llamada anónima efectuada a la Guardia Civil por un vecino del municipio navarro de Donamaria puso sobre la pista el paradero del secuestrado.
La presencia de unos jóvenes desconocidos que vivían desde hacía semanas encerrados en una borda cercana, sin acercarse al pueblo, llamó la atención a los habitantes de esta última localidad. El Sargento de la Guardia Civil, Comandante de Puesto de Doneztebe/Santesteban, Pedro Guerrero Arias, junto con seis guardias civiles de la misma Unidad, realizó una batida por la zona que culminó con la localización de la cabaña donde se encontraba el industrial, la liberación del secuestrado y la detención de los dos jóvenes que lo custodiaban, los miembros de ETA político-militar Gregorio Manso Martija y José Ignacio Odriozola Susaeta, de 23 y 21 años. Se daba la circunstancia que a las 24:00 horas de aquel mismo día expiraba el ultimátum planteado a la familia por los terroristas
“Gracias, muchas gracias”. Con estas palabras, seguidas de un fuerte apretón de manos a cada uno de los siete componentes de la Guardia Civil que participaron en su rescate mostraba su agradecimiento el empresario por su liberación.
Por su decidida actuación en aquella intervención, el Sargento Guerrero Arias recibiría posteriormente la Cruz de Oro del mérito de la Guardia Civil, la más alta distinción de la orden del Mérito de la Guardia Civil.

Ejemplo de concesión de la Gran Cruz del Mérito de la Guardia Civil
Con motivo del CL aniversario fundacional de la Guardia Civil, por Orden del Ministro de Justicia e Interior de 6 de octubre de 1994, se concedió a la Virgen del Pilar la Cruz de Oro de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, entonces la máxima distinción dentro de la misma, en agradecimiento, según exponía la meritada Orden, a los sentimientos de fraternidad que tal patronazgo despierta en los miembros de la Institución.
La honda raigambre del patronazgo de la Virgen del Pilar continua formando parte del acervo de la Guardia Civil, y estando próxima la celebración de su centenario, con ocasión de la festividad de la Patrona del Instituto se considera oportuno reafirmar esa vinculación y concederle la Gran Cruz, dispuesta por la Orden INT/2008/2012, de 21 de septiembre, por la que se regula la Orden del Mérito de la Guardia Civil, que en su artículo 5, establece que dicha Gran Cruz será concedida, en atención a determinadas circunstancias, a oficiales generales, personal civil, unidades, entidades y patronazgos
En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de septiembre de 2012, se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil a la Virgen del Pilar, Patrona del Cuerpo de la Guardia Civil.
